Artículo 7.684 de Código Civil del Estado de México
Código Civil del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 7.684.- El arrendamiento de bienes del Estado y municipios en lo no previsto por la ley administrativa se sujetará a las disposiciones de este título.
Normas del arrendamiento de orden público
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.