Artículo 7.914 de Código Civil del Estado de México
Código Civil del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 7.914.- El contrato de sociedad debe contener:
I. Los nombres, domicilio, edad y estado civil de los socios;
II. La razón social;
III. El objeto;
IV. El importe del capital social y la aportación con que cada socio debe contribuir;
344 V. El inventario y avalúo de los bienes que aporten, en su caso, los socios; con los documentos justificativos de su propiedad, y con las formalidades, que en su caso, requiera la ley para la transmisión de esos bienes;
VI. El domicilio social;
VII. La duración;
VIII. Las reglas aplicables a la administración;
IX. Los estatutos sociales.
Razón social
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.