Artículo 7.971 de Código Civil del Estado de México — Estado de Mexico
Código Civil del Estado de México — Estado de Mexico · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 7.971.- Es nulo el convenio que estipule que todas las pérdidas que resultaren en caso fortuito sean de cuenta del aparcero de ganado.
Disposición de cabezas de ganado
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.