Artículo 1 de Código Civil del Estado de Morelos
Código Civil del Estado de Morelos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Articulo 1.- AMBITO ESPACIAL DE APLICACION. Las disposiciones de este Código regirán los asuntos del orden Civil en el Estado de Morelos. Además se aplicarán con carácter supletorio, a toda relación jurídica o situación de Derecho no prevista o reglamentada de modo incompleto, por otras disposiciones de jurisdicción local.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.