Artículo 11 de Código Civil del Estado de Morelos
Código Civil del Estado de Morelos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Articulo 11.- DE LOS ACTOS CONTRARIOS A LAS LEYES PROHIBITIVAS O DE INTERES PUBLICO. Los actos ejecutados contra el tenor de las leyes prohibitivas o de interés público serán nulos, excepto en los casos en que la Ley específicamente ordene lo contrario.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.