Artículo 1104 de Código Civil del Estado de Morelos
Código Civil del Estado de Morelos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Articulo 1104.- NULIDAD DE DIVISION DE BIENES INMUEBLES. La división de bienes inmuebles es nula si no se hace con las mismas formalidades que la Ley exige para su venta.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.