Artículo 1239 de Código Civil del Estado de Morelos
Código Civil del Estado de Morelos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Articulo 1239.- PRESCRIPCION ADQUISITIVA SOBRE MUEBLES Y DERECHOS REALES SOBRE ESOS BIENES. Los bienes muebles y los derechos reales sobre esos bienes, susceptibles de prescripción positiva, se adquieren en tres años cuando son poseídos en concepto de dueño o de titular del derecho, con buena fe, y de manera pacífica, continua, pública y cierta. Faltando la buena fe se prescribirán en diez años.
Integrado por: Subdirección de Informática Jurídica Página 119 de 356 Dirección General de Tecnologías de Información y Comunicaciones Comisión Nacional de los Derechos Humanos Marco normativo Código Civil para el Estado de Morelos CNDH Fecha de publicación: 13 de octubre de 1993 Última reforma integrada: 8 de marzo de 2017
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.