Artículo 1340 de Código Civil del Estado de Morelos
Código Civil del Estado de Morelos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Articulo 1340.- EFECTOS POR LA FALTA DE RATIFICACION DEL DUEÑO RESPECTO DE LA GESTION DE NEGOCIOS. Cuando el dueño del negocio no ratifique la gestión, sólo responderá de los gastos que originó, hasta la concurrencia de las ventajas que obtuvo del negocio.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.