Artículo 1410 de Código Civil del Estado de Morelos
Código Civil del Estado de Morelos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Articulo 1410.- PAGO DE LA OBLIGACION SOLIDARIA. El pago hecho a uno de los acreedores solidarios extingue totalmente la deuda.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.