Artículo 1469 de Código Civil del Estado de Morelos
Código Civil del Estado de Morelos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Articulo 1469.- CONDICION DEL NUEVO ADQUIRENTE O POSEEDOR DE BIENES GRABADOS. El nuevo adquirente o poseedor de los bienes gravados por un derecho real, será responsable frente al titular del mismo, quedando liberado el que fue dueño o poseedor de la cosa, siempre y cuando no se haya ocultado el Integrado por: Subdirección de Informática Jurídica Página 168 de 356 Dirección General de Tecnologías de Información y Comunicaciones Comisión Nacional de los Derechos Humanos Marco normativo Código Civil para el Estado de Morelos CNDH Fecha de publicación: 13 de octubre de 1993 Última reforma integrada: 8 de marzo de 2017 gravamen. Si se ocultó, el adquirente o poseedor tendrá pretensión en contra del enajenante, en los términos previstos para el caso de evicción.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.