Código Civil estatal

Artículo 1504 de Código Civil del Estado de Morelos

Código Civil del Estado de Morelos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Articulo 1504.- EFECTOS DEL OFRECIMIENTO DE PAGO SEGUIDO DE LA CONSIGNACION. El ofrecimiento de pago seguido de la consignación del valor debido produce los efectos del pago, si aquél reúne todos los requisitos que para éste exige la Ley, extinguiéndose la deuda.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1504 de Código Civil del Estado de Morelos?

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¿Está vigente el artículo 1504?

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