Artículo 1767 de Código Civil del Estado de Morelos
Código Civil del Estado de Morelos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Articulo 1767.- ENTREGA DEL BIEN EN CUANTO A TIEMPO, LUGAR, MODO Y SUBSTANCIA. La entrega de la cosa por el vendedor al comprador, debe ser exacta en cuanto al tiempo, lugar, modo y substancia convenidos. A falta de convenio, la exactitud en dichos aspectos, se regirá por las disposiciones contenidas en este Título.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.