Artículo 1912 de Código Civil del Estado de Morelos
Código Civil del Estado de Morelos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Articulo 1912.- OBLIGACION DEL ARRENDATARIO DE HACER REPARACIONES CON MOTIVO DEL USO NORMAL DEL BIEN. El arrendatario debe hacer las reparaciones de aquellos deterioros de poca importancia, que regularmente son causados por las personas que habitan el edificio.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.