Artículo 2052 de Código Civil del Estado de Morelos
Código Civil del Estado de Morelos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Articulo 2052.- FIJACION POR LAS PARTES DE LA RETRIBUCION POR PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES. El que presta y el que recibe los servicios profesionales pueden fijar, de común acuerdo, la retribución debida por ellos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.