Artículo 2149 de Código Civil del Estado de Morelos
Código Civil del Estado de Morelos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Articulo 2149.- EFECTOS DE LA DISOLUCION DE LA SOCIEDAD. La disolución de la sociedad no modifica los compromisos contraídos con terceros.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.