Artículo 2190 de Código Civil del Estado de Morelos
Código Civil del Estado de Morelos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Articulo 2190.- APLICACION ANALOGICA DE APUESTAS Y JUEGOS PROHIBIDOS. Lo dispuesto en los dos artículos anteriores se aplicará a las apuestas que deban tenerse como prohibidas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.