Artículo 2230 de Código Civil del Estado de Morelos
Código Civil del Estado de Morelos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Articulo 2230.- EFECTOS DE LA FIANZA EN OBLIGACIONES PURAS Y SIMPLES. Si la obligación principal es pura y simple y la fianza depende de un término o condición, el fiador no estará obligado a pagar sino hasta que se realice la modalidad.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.