Código Civil estatal

Artículo 2336 de Código Civil del Estado de Morelos

Código Civil del Estado de Morelos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Articulo 2336.- RELACIONES JURIDICAS ENTRE ACREEDORES Y DEUDORES. Por virtud de la prenda se originan relaciones jurídicas entre acreedor y deudor, cuando la garantía se constituye por este último. Cuando sea un tercero el que otorgue la prenda, se generarán relaciones jurídicas entre el acreedor y dicho tercero.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2336 de Código Civil del Estado de Morelos?

RELACIONES JURIDICAS ENTRE ACREEDORES Y DEUDORES. Por virtud de la prenda se originan relaciones jurídicas entre acreedor y deudor, cuando la garantía se constituye por este último. Cuando sea un tercero el que otorgue…

¿Está vigente el artículo 2336?

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