Artículo 1224 de Código Civil del Estado de Querétaro
Código Civil del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1224. Por renuncia o remoción de un cargo, son incapaces de heredar por testamento los que, nombrados en él tutores, curadores o albaceas, hayan rehusado, sin justa causa, el cargo o por mala conducta hayan sido separados judicialmente de su ejercicio.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.