Artículo 1573 de Código Civil del Estado de Querétaro
Código Civil del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1573. El cargo de albacea es voluntario; pero el que lo acepte se constituye en la obligación de desempeñarlo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.