Artículo 1948 de Código Civil del Estado de Querétaro
Código Civil del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1948. Pago o cumplimiento, es la entrega de la cosa o cantidad debida o la prestación del servicio que se hubiere prometido.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.