Código Civil estatal

Artículo 2168 de Código Civil del Estado de Querétaro

Código Civil del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 2168. El vendedor está obligado:

I. A entregar al comprador la cosa vendida;

II. A garantizar las calidades de la cosa; y III. A prestar la evicción.

Capítulo Quinto De la entrega de la cosa vendida

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2168 de Código Civil del Estado de Querétaro?

El vendedor está obligado: I. A entregar al comprador la cosa vendida; II. A garantizar las calidades de la cosa; y III. A prestar la evicción. Capítulo Quinto De la entrega de la cosa vendida

¿Está vigente el artículo 2168?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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