Artículo 2309 de Código Civil del Estado de Querétaro
Código Civil del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2309. Al concluirse la reparación del predio, el inquilino tendrá preferencia para que se otorgue en su favor un nuevo contrato de arrendamiento, pudiendo, en ese caso, el propietario aumentar el precio de la renta en proporción al incremento que con la reparación tenga el valor del inmueble.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.