Artículo 2623 de Código Civil del Estado de Querétaro
Código Civil del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2623. La renuncia se considera maliciosa, cuando el socio que la hace se propone aprovecharse exclusivamente de los beneficios o evitarse pérdidas que los socios deberían de recibir o reportar en común, con arreglo al convenio.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.