Artículo 264 de Código Civil del Estado de Querétaro
Código Civil del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 264. El padre y la madre, aunque pierdan el ejercicio de la patria potestad, quedan sujetos a todas las obligaciones que tienen para con sus hijos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.