Artículo 2724 de Código Civil del Estado de Querétaro
Código Civil del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2724. No fían a un fiador los testigos que declaren de ciencia cierta en favor de su idoneidad, pero si lo hicieran de mala fe, serán responsables del daño que sobrevenga por la insolvencia del recomendado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.