Artículo 2729 de Código Civil del Estado de Querétaro
Código Civil del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2729. El fiador que paga, se subroga en todos los derechos que el acreedor tenía contra el deudor.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.