Artículo 2744 de Código Civil del Estado de Querétaro
Código Civil del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2744. Los fiadores, aún cuando sean solidarios, quedan libres de su obligación, si por culpa o negligencia del acreedor no puede subrogarse en los derechos, privilegios o hipotecas del mismo acreedor.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.