Artículo 275 de Código Civil del Estado de Querétaro
Código Civil del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 275. Los hijos nacidos de una relación de concubinato, tendrán los mismos derechos y obligaciones como si lo fueran de matrimonio.
Título Séptimo Del parentesco, los alimentos y la violencia familiar Capítulo Primero Del parentesco
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.