Código Civil estatal

Artículo 274 de Código Civil del Estado de Querétaro

Código Civil del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 274. Los concubinarios tendrán los derechos y obligaciones que se especifican en este Código.

En lo referente a los derechos y obligaciones de los concubinarios, son aplicables las disposiciones previstas para el matrimonio.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 274 de Código Civil del Estado de Querétaro?

Los concubinarios tendrán los derechos y obligaciones que se especifican en este Código. En lo referente a los derechos y obligaciones de los concubinarios, son aplicables las disposiciones previstas para el matrimonio.

¿Está vigente el artículo 274?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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