Artículo 280 de Código Civil del Estado de Querétaro
Código Civil del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 280. Cada generación forma un grado y la serie de grados constituye lo que se llama línea de parentesco.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.