Artículo 922 de Código Civil del Estado de Querétaro
Código Civil del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 922. La mala fe en los casos de mezcla o confusión, se calificará conforme a lo dispuesto en el presente Capítulo.
Capítulo Quinto Del dominio de las aguas
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.