Artículo 2005 de Código Civil del Estado de Sonora
Código Civil del Estado de Sonora · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 2005.- Para la revocación de la oferta libre a persona indeterminada se aplicará lo dispuesto por los artículos 2022 y 2023.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.