Artículo 271 de Código Civil del Estado de Sonora
Código Civil del Estado de Sonora · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 271.- Las capitulaciones matrimoniales son los actos que los esposos celebran para constituir la sociedad conyugal o la separación de bienes y reglamentar la administración de éstos en uno y en otro caso.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.