Artículo 2823 de Código Civil del Estado de Sonora
Código Civil del Estado de Sonora · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 2823.- El mandato es un contrato por el que el mandatario se obliga a ejecutar por cuenta y nombre del mandante, o sólo por su cuenta, los actos jurídicos que este le encargue.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.