Artículo 3085 de Código Civil del Estado de Sonora
Código Civil del Estado de Sonora · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 3085.- Fianza legal es aquella que debe otorgarse por disposición de la ley, y, judicialmente, la que se otorga en cumplimiento de una providencia dictada al respecto por el juez.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.