Artículo 3103 de Código Civil del Estado de Sonora
Código Civil del Estado de Sonora · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 3103.- Si la obligación principal es pura y simple y la fianza depende de un término o condición, el fiador no estará obligado a pagar sino hasta que se realice la modalidad.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.