Artículo 3264 de Código Civil del Estado de Sonora
Código Civil del Estado de Sonora · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 3264.- También la hipoteca puede recaer sobre la posesión en concepto de propietario, respecto de inmuebles; sobre una herencia en la que existen bienes raíces, o sobre los derechos de un heredero, cuando en la herencia se encuentren inmuebles.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.