Artículo 1243 de Código Civil del Estado de Yucatán
Código Civil del Estado de Yucatán · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1243.- El subrogado puede ejercer todos los derechos que competen al acreedor, tanto contra el deudor como contra sus fiadores.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.