Artículo 625 de Código Civil del Estado de Yucatán
Código Civil del Estado de Yucatán · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 625.- Posesión es el ejercicio de un poder de hecho sobre una cosa, o el goce de un derecho, ya sea por uno mismo o por otro en su nombre. Esta es de buena o de mala fe.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.