Artículo 729 de Código Civil del Estado de Yucatán
Código Civil del Estado de Yucatán · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 729.- El ejercicio del derecho de cazar se regirá por los reglamentos sobre la materia.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.