Artículo 110 de Código Civil del Estado de Zacatecas
Código Civil del Estado de Zacatecas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
110.- La posesión adquirida de buena fe no pierde ese carácter, sino en el caso y desde el momento en que existen actos que acrediten que el poseedor no ignoraba que posee el bien por causa ilícita.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.