Artículo 1466 de Código Civil del Estado de Zacatecas
Código Civil del Estado de Zacatecas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
1466.- En el caso de los artículos precedentes, si el que adquiere elige la rescisión del contrato está obligado a devolver el bien libre de los gravámenes que le hayan impuesto.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.