Artículo 2526 de Código Civil del Estado de Zacatecas
Código Civil del Estado de Zacatecas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
2526.- Los asientos de cancelación de una inscripción o anotación preventiva, expresarán:
I.- La clase, número, si lo tuviere, y la fecha del documento en cuya virtud se cancele, el nombre del funcionario que lo autorice;
II.- La causa por la que se hace la cancelación;
III.- El nombre y apellidos de las personas a cuya instancia o con cuyo consentimiento se verifique la cancelación;
IV.- La expresión de quedar cancelado total o parcialmente el asiento de que se trata;
V.- Cuando se trate de cancelación parcial, la parte que se segregue o que haya desaparecido del inmueble, o la que se reduzca del derecho y la que subsista.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.