Artículo 30 de Código Civil del Estado de Zacatecas
Código Civil del Estado de Zacatecas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
30.- El nombre es la forma obligatoria de designación e identificación de las personas para poder referir a éstas consecuencias jurídicas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.