Artículo 853 de Código Civil del Estado de Zacatecas
Código Civil del Estado de Zacatecas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
853.- La aceptación en ningún caso produce confusión de los bienes del autor de la herencia y de los herederos o legatarios, porque toda herencia o legado se entiende aceptada a beneficio de inventario, aunque no se exprese.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.