Artículo 897 de Código Civil del Estado de Zacatecas
Código Civil del Estado de Zacatecas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
897.- El albacea no puede transigir ni comprometer en árbitros los negocios de la herencia, sino con el consentimiento unánime de los herederos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.