Artículo 96 de Código Civil del Estado de Zacatecas
Código Civil del Estado de Zacatecas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
96.- Cuando varias personas poseen un bien en común y pro indiviso, podrá cada una de ellas ejercer actos posesorios sobre el bien común, con tal de que no excluya los actos posesorios de los otros coposeedores.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.