Artículo 1193 de Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero Número 358
Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero Número 358 · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1193.- No producirá efecto el legado, si por acto del testador se pierde el bien legado o varía la forma y denominación que lo determinaban.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.