Artículo 1593 de Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero Número 358
Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero Número 358 · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1593.- Son elementos del negocio jurídico:
I. La capacidad de la parte que se obliga;
II. El consentimiento, libre de vicios; y que se manifieste como lo establece la ley;
III. Un objeto, motivo o fin lícito y suficientemente determinado; y IV. La forma que requiera la ley.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.